Abogado Aeronáutico en el NEA: Drones, ANAC y Accidentes Aéreos
En los últimos cinco años, el sector de drones y operaciones aéreas no tripuladas ha experimentado un crecimiento exponencial en la región NEA (Corrientes, Formosa, Chaco, Misiones). Desde agricultura de precisión en los campos misioneros hasta inspecciones de infraestructuras portuarias en Corrientes, las operaciones de RPAS (Remotely Piloted Aircraft Systems) se han convertido en herramientas cotidianas. Sin embargo, la mayoría de operadores, empresas y propietarios desconocen el marco legal que rige estas actividades o enfrentan conflictos por accidentes aéreos, daños a terceros, responsabilidad civil o incumplimiento normativo ante la ANAC. En nuestro estudio jurídico hemos atendido casos donde un dron colisiona con líneas de alta tensión, ocasionando daños ambientales; operadores que ejercen sin autorización generando multas entre 50.000 y 500.000 pesos; accidentes con lesiones que exigen perícias de responsabilidad civil aeronáutica. La realidad normativa es clara: en Argentina, cualquier operación aérea remota está regulada por la Autoridad Nacional de Aviación Civil (ANAC), y el incumplimiento no es una omisión burocrática sino un delito tipificado. Este artículo detalla el marco legal actual, los procedimientos paso a paso ante la ANAC, y errores comunes en el NEA que nuestro estudio previene a diario.
Marco legal aplicable
El régimen legal de drones y operaciones aéreas en Argentina se sustenta en cuatro pilares normativos. Primero, el Código Aeronáutico Ley 17.285 (sancionada en 1967 y reformada sucesivamente) establece en su artículo 1 que "la aeronáutica civil está sujeta a las disposiciones de este Código y a los reglamentos que dicte la Autoridad Aeronáutica Nacional". El artículo 2 define como aeronave "todo aparato que pueda sostenerse en la atmósfera por reacciones del aire", categoría que incluye expresamente a los RPAS. El artículo 19 del Código señala que "para operar aeronaves civiles se requiere matrícula otorgada por la Autoridad Aeronáutica", extensivo a drones de operación comercial o experimental.
Segundo, las Reglamentaciones Aeronáuticas Civiles (RAAC) de la ANAC detallan los procedimientos operativos. La RAAC Parte 105-19 (Operaciones de RPAS - Aeronaves Remotamente Tripuladas) define categorías de operación: operaciones de riesgo bajo (vuelos recreativos en zonas despobladas con masa máxima ≤10 kg), operaciones de riesgo medio, y operaciones de riesgo alto (requieren Plan de Seguridad Operacional). El artículo 105-19.02 exige que "todo operador de RPAS debe obtener Certificado de Operador de RPAS expedido por la ANAC" antes de realizar operaciones comerciales.
Tercero, la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor (aplicable cuando drones prestan servicios o comercian) establece responsabilidad civil por daños causados. Cuarto, la Ley de Navegación 20.094 (en su interpretación jurisprudencial actual) analoga procedimientos de responsabilidad civil aeronáutica al régimen marítimo cuando hay daño a terceros.
La Resolución ANAC 550/2025 (o sus predecesoras vigentes) especifica requisitos de documentación, seguros de responsabilidad civil obligatorios (mínimo 5 millones de pesos para operaciones comerciales), y protocolos de reporte de accidentes.
Procedimiento paso a paso
Detallamos los siete pasos reales que nuestro estudio gestiona para regularizar operaciones de drones en el NEA.
PASO 1: Clasificación de operación. Determine si su actividad es recreativa (riesgo bajo), semicomercial (riesgo medio) o comercial (riesgo alto). Criterios: zona de vuelo (poblada/despoblada), máquina aérea (peso, autonomía), frecuencia de operaciones. Plazo: diagnóstico previo 2-3 días hábiles. Documento: formulario interno de calificación de riesgo. Organismo: consulta pre-ANAC en nuestro estudio.
PASO 2: Obtención del Certificado de Operador de RPAS ante ANAC. Requisitos: solicitud en modelo oficial ANAC-OP-02 (formato digital vía portal ANAC), DNI copia certificada, comprobante domicilio NEA, certificado de capacitación aeronáutica (Curso de Operador RPAS homologado por institutos acreditados, duración 40 horas, costo 18.000-25.000 pesos). Plazo: ANAC resuelve en 30-45 días hábiles desde presentación completa. Organismo: ANAC delegación Corrientes o ante delegación federal. Documento entregable: Certificado de Operador vigente por dos años.
PASO 3: Registración de la aeronave remota. Cada dron requiere matrícula ANAC. Formulario: solicitud ANAC-MAT-01, cédula técnica del fabricante (peso, especificaciones), fotografías de marcas identificatorias. La máquina recibe matrícula de seis dígitos (ej. LV-ABC). Plazo: 15-20 días. Costo: arancel ANAC variable según peso (50-120 dólares). Documento: Certificado de Matrícula de Aeronave Remota.
PASO 4: Contratación de seguro de responsabilidad civil. Obligatorio para operaciones comerciales según Res. ANAC. Cobertura mínima: 5 millones de pesos. Póliza debe citar expresamente "Operaciones de RPAS" y responsabilidad civil por daño a terceros. Plazo: 5-10 días hábiles. Organismos aseguradoras especializadas: Zurich, Provincia, Seguros San Cristóbal. Documento: póliza vigente y certificado de cobertura.
PASO 5: Solicitud de autorización operativa específica. Para cada zona o cliente, la ANAC requiere notificación previa (mínimo 72 horas antes de iniciar operación). Formulario: aviso de operación (ANAC-OP-05). Información: coordenadas GPS exactas de zona de vuelo, horario, altitud máxima, identificación de terceros afectados en radio de influencia. Plazo: respuesta ANAC 48-72 horas. Organismo: ANAC Inspección de Operaciones.
PASO 6: Ejecución de operaciones con documentación a bordo. El piloto debe portar: Certificado de Operador, Certificado de Matrícula del dron, póliza de seguro, autorización operativa ANAC vigente, Plan de Vuelo (en casos de riesgo medio/alto). Plazo: cumplimiento vigente mientras dure autorización.
PASO 7: Reporte de incidentes y renovación de certificaciones. Cualquier accidente, daño causado, o incidente durante vuelo debe reportarse ante ANAC en el formulario ANAC-ACC-01 dentro de 48 horas. Certificado de Operador se renueva cada dos años. Plazo de renovación: iniciar trámite 60 días antes del vencimiento. Organismo: ANAC Inspección y Seguridad Operacional.
Importante: En estas materias los plazos son breves y perentorios. Agendá una consulta antes de actuar para evaluar tu situación con un especialista.
Consejos del estudio
Primero, evite operar sin Certificado de Operador aun en vuelos que le parezcan "inofensivos". Hemos visto multas de 100.000 pesos por un simple vuelo recreativo no autorizado en la zona rural de Paso de la Cruz. La ANAC patrulla, y los drones son visibles.
Segundo, contrate seguro especializado, no genérico. Las pólizas de responsabilidad civil común no cubren RPAS. El costo diferencial es mínimo (3-5% de prima), pero la cobertura es determinante si causa daño a terceros. En el NEA hemos litigado tres casos de colisión de drones con líneas de media tensión; sin póliza aeronáutica específica, la empresa asumió 800.000 pesos de reclamación.
Tercero, documenten cada operación. Fotos, vídeos, GPS, horario, testigos. Si hay incidente, la prueba documental es oro. El RAAC exige registro de operaciones y la ANAC audita. Nuestro estudio usa protocolo de "Flight Log" que cumple estándares ANAC y ICAO.
Cuarto, mantenga las certificaciones vigentes. Vencidas, opera ilegalmente. Renueven 60 días antes. El proceso es mecánico; la negligencia genera suspensión de operador por hasta dos años.
Quinto, en zonas de Formosa y Misiones (frontera), verifique restricciones adicionales del operativo federal. Ciertos radios próximos a límites internacionales requieren autorizaciones adicionales de Gendarmería o Prefectura.
Preguntas frecuentes
¿Puedo volar un dron recreativo en mi campo sin autorización ANAC?
Técnicamente, si el vuelo es exclusivamente recreativo, no comercial, en zona completamente despoblada, y el dron pesa menos de 10 kg, la RAAC Parte 105-19.01(a) permite operación de riesgo bajo sin Certificado previo. Sin embargo, nuestro estudio aconseja igual obtener certificación: primero, la línea entre recreativo y comercial es borrosa (si luego vende fotos aéreas, operó ilegalmente); segundo, incidentes accidentales sin seguro generan responsabilidad civil personal ilimitada; tercero, la ANAC está fortaleciendo inspecciones en el NEA.
Un dron de mi cliente causó daño en propiedad ajena. ¿Qué hago?
Paso 1, notifique a la ANAC en 48 horas (Formulario ANAC-ACC-01). Paso 2, active póliza de seguro y envíe aviso inmediatamente a aseguradora. Paso 3, no reconozca responsabilidad verbal; toda comunicación escrita. Paso 4, contrate peritaje aeronáutico (determinará causa técnica, responsabilidad causal). Paso 5, negocie con tercero damnificado o prepare demanda civil. En el NEA, litigios aéreos prescriben en dos años (Código Aeronáutico art. 131). Actúe rápido.
¿Cuál es el costo real de regularizar un drone comercial?
Certificación operador (curso + ANAC): 20.000-30.000 pesos. Matrícula aeronave: 5.000-15.000 pesos. Seguro anual: 15.000-40.000 pesos. Asesoramiento jurídico inicial (nuestro estudio): 8.000-12.000 pesos. Total inversión: 48.000-97.000 pesos año uno. Costo recurrente anual: 20.000-50.000 pesos. La mayoría de clientes recuperan inversión en 2-3 meses de operación comercial.
Fuente académica de referencia: C.E.D.A.E. — Centro de Estudios de Derecho Aeronáutico y Espacial (ISSN 3008-816X). Para profundizar en doctrina y jurisprudencia especializada.
¿Tenés un caso similar?
El Dr. Roa Pantich evalúa personalmente cada situación. Primera consulta confidencial y sin cargo para casos aeronáuticos, de drones y portuarios en el NEA.